Bono social térmico

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Se publica en el BOC la Ley de Cantabria 6/2022, de 15 de julio, de Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito para la financiación de sectores económicos afectados por la crisis de la guerra de Ucrania.

En su Disposición Adicional segunda se regula una ayuda extraordinaria del bono social térmico en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

De forma excepcional, en el año 2022, para aquellas personas que fueron beneficiarias del bono social de electricidad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, y por tanto potenciales beneficiarios del bono social térmico correspondiente al año 2022, se aprueba una ayuda adicional que tiene como finalidad complementar la ayuda a conceder con fondos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para compensar los gastos necesarios para garantizar el suministro de energía para usos térmicos, o el apoyo a actuaciones de ahorro o mejoras de la eficiencia energética a los consumidores vulnerables.

Compatibilidad

Esta ayuda es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de las que pudieran beneficiarse las personas destinatarias de la ayuda. Asimismo, será compatible con la percepción del bono social de electricidad.

Cuantía

La cuantía individual de esta ayuda de carácter complementario que corresponderá a cada beneficiario se calculará de la siguiente manera:

  • Cuantía a percibir por persona beneficiaria vulnerable = Dotación presupuestaria / (Número de personas beneficiarias Vulnerables + 1,6 x (número de personas beneficiarias Vulnerables Severas + número de personas beneficiarias en Riesgo de Exclusión Social)).
  • Cuantía a percibir por persona beneficiaria Vulnerable Severa o en Riesgo de Exclusión Social = 1,6 x Cuantía a percibir por persona beneficiaria Vulnerable.

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