(Plazo finalizado) Ayudas al empleo autónomo 2023

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La Consejería de Empleo y Políticas Sociales ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la nueva orden de ayudas destinadas al mantenimiento del empleo autónomo, incentivando la consolidación de proyectos de autoempleo y de microempresas,para consolidar los proyectos que tengan entre 3 y 5 años de antigüedad. El objetivo de esta convocatoria es contribuir al mantenimiento de los negocios en los primeros años de su puesta en marcha, que suelen ser los más críticos.

La subvención va desde un mínimo de 2.750 euros hasta un máximo de 4.450 euros, en el caso de mujeres víctimas de violencia de género y de 4.250 euros para personas con discapacidad, personas jóvenes menores de 35 años o personas con 45 o más años de edad.

Normativa aplicable

Bases reguladoras: Orden EPS/12/2023, de 25 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de un programa específico para promover el mantenimiento del empleo autónomo (BOC nº 84 de 3 de mayo 2023)

Convocatoria: Orden EPS/16/2023, de 19 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de un programa específco para promover el mantenimiento del empleo autónomo. (BOC nº 40 de 23 de mayo 2023). Extracto.

Beneficiarios

  • Emprendedores sin trabajadores a su cargo o con una plantilla menor de 9 trabajadores.

Cuantías

  1. 2.750 euros: en el caso de hombres no comprendidos en los restantes apartados.
  2. 3.500 euros: en el caso de mujeres no comprendidas en los restantes apartados.
  3. 4.250 euros: en el caso de personas con discapacidad, personas jóvenes menores de 35 años o personas con 45 o más años de edad.
  4. 4.450 euros: en el caso de mujeres víctimas de violencia de género

Plazo presentación cerrado

Las ayudas se tramitan a través de la Dirección General de Trabajo y el plazo de presentación de las solicitudes es de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria (24 de mayo).

Procedimiento

El procedimiento de concesión de estas ayudas es en régimen de concurrencia competitiva, y para su concesión se atenderá a la prelación temporal de la solicitud, completa y conforme, hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación requerida, se formularán en modelo oficial, que se podrá conseguirse en la página Web de la Dirección General de Trabajo (www.dgte.cantabria.es). Estarán dirigidas a la Consejera de Empleo y Políticas Sociales y se presentarán telemáticamente, a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o de forma presencial en el registro, conforme a la actual normativa.

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