(Plazo finalizado) Ayudas a la cultura en Cantabria

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Edición de libros

Normativa

Convocatoria

  • Extracto de la Resolución de 16 de diciembre de 2021, del Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la edición de libros en Cantabria.

Bases reguladoras

  • Orden UIC/5/2021, de 12 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de libros en Cantabria (BOC nº58, 25 de marzo de 2021)

Beneficiarios

Empresarios individuales o las personas jurídicas privadas con forma societaria, dedicadas al sector de la edición de libros que estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el subepígrafe 476.1 (edición de
libros) y que tengan su domicilio fiscal en Cantabria.

Finalidad y cuantía

La finalidad de esta convocatoria es la concesión de subvenciones que tengan por objeto la edición de libros en Cantabria, con un número máximo de 5 proyectos por peticionario.

La cuantía máxima, asciende a 140.000,00 euros.

La cuantía individual no superará el 90% del coste de la actividad subvencionada, ni la cantidad de 10.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 28 de diciembre de 2021 hasta el día 18 de enero de 2022.

Producción y edición audiovisual para profesionales

Normativa

Convocatoria

Bases reguladoras

  • Orden UIC/22/2021 de 5 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para la producción y edición audiovisual para profesionales.

Beneficiarios

Serán beneficiarios las personas físicas o personas jurídicas privadas con forma societaria, que tengan su domicilio fiscal en Cantabria, que desarrollen su actividad en Cantabria, dedicadas a la producción cinematográfica cuyo objetivo sea la realización de proyectos audiovisuales y que estén dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) en el epígrafe correspondiente a estas actividades.

El domicilio fiscal y la actividad subvencionable se debe desarrollar en Cantabria, sin perjuicio de la realización de actividades fuera del territorio de la comunidad Autónoma de Cantabria.

También podrán participar en la convocatoria las agrupaciones de personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, públicas o privadas, que, por razón de los fines, objeto o ámbito de la actividad, puedan llevar a cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención, y que cumplan los requisitos establecidos para esta convocatoria. Los miembros integrantes de la agrupación y/o de la coproducción deberán cumplir los requisitos señalados en el apartado anterior.

Para poder tener la condición de beneficiario deberá el peticionario estar inscripto en el registro administrativo de empresas audiovisuales y cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Visuales del Ministerio de Cultura y Deporte, como empresa productora de cinematografía (sección primera).

Finalidad y cuantía

La finalidad de esta convocatoria es la concesión de subvenciones que tengan por objeto la producción y edición de cortometrajes (de ficción, animación o documentales) y video-arte por profesionales, para actividades del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.

El número de proyectos a subvencionar es 1 por lo que sólo se podrá presentar una solicitud en esta convocatoria

La cuantía máxima, asciende a 70.000 euros.

La cuantía individual no superará el 90% del coste de la actividad subvencionada, ni la cantidad de 10.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 28 de diciembre de 2021 hasta el día 18 de enero de 2022.

Danza

Normativa

Convocatoria

Bases reguladoras

  • Orden UIC/6/2021, de 12 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas en la modalidad danza (BOC nº58, 25 de marzo de 2021)

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o personas jurídicas privadas con forma societaria, que tengan su domicilio fiscal en Cantabria, que desarrollen su actividad en Cantabria, dedicadas profesionalmente al sector de la danza, que estén dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) en el epígrafe correspondiente a estas actividades.

Finalidad y cuantía

La finalidad de esta convocatoria es la concesión de subvenciones que tengan por objeto la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas en la modalidad de danza para la de actividades del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022:

  • Ayudas a profesionales para producción obras de espectáculos de danza.
  • Ayudas a profesionales para giras en materia de danza.

Se podrá presentar una solicitud por cada línea de subvención.

La cuantía máxima, asciende a 30.000,00 euros.

La cuantía individual no superará el 90% del coste de la actividad subvencionada, ni la cantidad de 10.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 29 de diciembre de 2021 hasta el día 19 de enero de 2022.

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