(Plazo finalizado) Un respiro para el sector turístico de Cantabria: las ayudas del Decreto 50/2020

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ACTUALIZACIÓN: La Consejería de Turismo amplía hasta el 31 de agosto el plazo para solicitar la ayuda que otorga a autónomos y pequeñas empresas.

Dentro de las medidas puestas en marcha por el gobierno de Cantabria para tratar de paliar los efectos económicos causados por la COVID 19, el Decreto 50/2020, de 31 de julio establece una línea de subvenciones dirigidas a empresas y trabajadores del sector turístico, uno de los más afectados durante esta crisis.

El objetivo es ofrecer a los autónomos, microempresas y pequeñas empresas del sector turístico cántabro un apoyo económico que contribuya a mitigar las cargas que habrán de soportar para mantener su estructura y plantilla, hasta que recuperen unos niveles de actividad similares a los previos a esta crisis sanitaria.

Beneficiarios y requisitos

Los autónomos, microempresas o pequeñas empresas del sector turístico que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma, cumplieran los siguientes requisitos:

  1. Estar debidamente inscrito en el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria o en el Registro de Guías Turísticos.
  2. Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social y en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente.
  3. Tener su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el caso de que el titular de la empresa solicitante sea una persona jurídica. Si el titular es una persona física, deberá tener su domicilio fiscal en esta Comunidad Autónoma.
  4. Cumplir sus obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, medioambiental, de igualdad de oportunidades y no discriminación y cualesquiera otras que le resulten de aplicación.
  5. Tener un máximo de quince trabajadores.

Importe de la subvención

El importe de la subvención será fijo y se determinará en función del número de trabajadores que tuviera en plantilla la empresa turística beneficiaria a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, conforme a los siguientes tramos:

  1. El empresario autónomo individual: 350 euros.
  2. Un empresario autónomo o microempresa con cinco o menos trabajadores: 450 euros.
  3. Empresario autónomo, microempresa o pequeña empresa con un número de trabajadores comprendido entre seis y quince (ambos inclusive): 650 euros.

Plazo de solicitud

  • Fecha de inicio del plazo de presentación: 03/08/2020
  • Finaliza el 21/08/2020 31/08/2020. *Plazo ampliado por la Consejería de Turismo del Gobierno de Cantabria.

Si tienes dudas a la hora de solicitar tu subvención, consulta con tu gestor administrativo colegiado de Cantabria.

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