Cláusulas abusivas en los contratos de alquiler

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Ante la situación generada por el COVID-19 el Gobierno ha aprobado una serie de decretos que blindan a las personas más vulnerables (enfermos, desempleados o trabajadores que han sido incluidos en un ERTE) frente a desahucios por impago de la renta o de los suministros.

Ahora bien, es importante destacar que, con la normativa en la mano, hay condiciones relacionadas con la actual situación de pandemia que, a pesar de aparecer en un contrato de alquiler y haber sido expresamente aceptadas, son nulas de pleno derecho, es decir, que no deben aplicarse ni ahora ni el futuro, como, por ejemplo:

  • Renuncia a moratorias forzosas.
  • Resolución por retrasos en el pago de la renta.
  • Dos o más mensualidades por adelantado.
  • Duración inferior a 5 años.
  • Indemnización por desistimiento.

Los GA podemos ayudarte a aclarar tus dudas sobre este tema, ponte en contacto con tu gestoría administrativa más cercana a través del buscador de nuestra página web.

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