(Plazo finalizado) Ayudas a la contratación para pymes y autónomos

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Su finalidad es financiar la sustitución de personas trabajadoras afectadas por la pandemia de COVID-19.

La cuantía de la subvención se establece en el 100 %de SMI, a jornada completa.

Periodo subvencionable: del 1 de octubre de 2020 al 31 de mayo de 2021.

Plazo de solicitud abierto hasta 6 de septiembre.

Decreto 64/2021, de 29 de julio (BOC de 6 de agosto de 2021)

El objetivo de esta ayudas es financiar la contratación personas desempleadas en los siguientes supuestos:

  • Para la sustitución de personas trabajadoras por cuenta ajena que, prestando servicios en centros de trabajo de Cantabria, se encuentren en situación de incapacidad temporal por causa de contagio, en cuarentena o en aislamiento provocado por la COVID-19, o en la situación de atención domiciliaria de menores de edad hasta doce años, personas dependientes o con discapacidad a su cargo, que deban guardar confinamiento domiciliario a causa de la COVID-19.
  • Para la sustitución de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos/as que, desarrollando su actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se encuentren en situación de incapacidad temporal por causa de contagio, en cuarentena o en aislamiento provocado por la COVID-19, o en la situación de atención domiciliaria de menores de edad hasta doce años, personas dependientes o con discapacidad a su cargo, que deban guardar confinamiento domiciliario a causa de la COVID-19.

Beneficiarios Requisitos

Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas de colegio profesional, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro.

Es necesario que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria y que concierten los contratos de trabajo subvencionables con personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo a su alta en Seguridad Social.

La ejecución de sus trabajos habrá de realizarse en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y deberán reunir los demás requisitos y condiciones establecidos en este decreto.

Cuantía

 La cuantía de la subvención se calcula en función del número de días en alta en la Seguridad Social de las personas contratadas sustitutas, entre el 1 de octubre de 2020 y el 31 de mayo de 2021, que se correspondan con el periodo de tiempo del supuesto que motiva la sustitución (baja por incapacidad temporal por COVID-19, confinamiento domiciliario o deber de cuidado de menores de doce años, personas dependientes o personas con discapacidad como consecuencia de su contagio de COVID-19 o confinamiento domiciliario, por parte de la persona sustituida).

El importe de la subvención será de 31,66 euros/día. En el caso de personas contratadas a tiempo parcial el importe será proporcional a su jornada de trabajo.

Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Plazos de solicitud. Finalizado

Del 07/08/2021 hasta 06/09/2021

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este decreto en el Boletín Oficial de Cantabria.

Si quieres solicitar tu ayuda acude a tu gestor administrativo de Cantabria.

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