Hace unos días, ya comentamos en este blog qué es el Ingreso Mínimo Vital y cómo se solicita, pero no explicamos qué documentos es necesario presentar para poder solicitarla.
Presentar la documentación completa y correcta es uno de los requisitos que se piden para poder tramitar la concesión de esta ayuda. Por eso es conveniente que los solicitantes tengan claro qué documentos acreditar.
5 documentos básicos
Además de la propia solicitud debidamente rellenada y firmada es necesario que el solicitante presente estos cinco documentos:
- DNI o NIE en el caso de extranjeros.
- La inscripción en el registro para mostrar su residencia legal en España.
- Certificado del padrón colectivo histórico, donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad.
- Libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos, o inscripción en el registro de parejas de hecho para demostrar la existencia de la unidad de convivencia.
- Una declaración responsable de ingresos y patrimonio (se encuentra implícita en la propia solicitud como uno de los apartados a rellenar), con la que el solicitante podrá acreditar sus rentas.
Otros supuestos
En algunas ocasiones el solicitante, además deberá aportar otra documentación, siempre y cuando se encuentre en alguna de estas situaciones:
- Incapacidad judicial: deberá presentar la sentencia que lo acredite.
- Acogimiento: deberá mostrar la resolución judicial o administrativa que lo atestigüe.
- Divorciado o en situación de separación judicial: tendrá que mostrar la sentencia judicial de separación o divorcio o convenio regulador sellado por el juzgado.
- Separación de hecho o si la separación o el divorcio están en trámite: deberá presentar, según sea su caso: la copia diligenciada por el juzgado de la demanda de separación o divorcio; copia de la denuncia de abandono del hogar familiar; convenio regulador sellado y diligenciado por el Juzgado o testimonio de la aprobación judicial de las medidas provisionales en que se acuerde la guarda y custodia.
- Parejas de hecho en las que no exista convivencia: tendrá que demostrar el documento judicial que atribuya la guarda y custodia de los hijos comunes a un determinado progenitor o a ambos de forma compartida.
- Violencia de género: hay que presentar la sentencia condenatoria por delito de violencia de género, la orden de protección o medidas cautelares; el informe del Ministerio Fiscal o informe de servicios sociales, servicios especializados o servicios de acogida.
- Víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual: se mostrará el informe emitido por los servicios públicos o servicios sociales encargados de la atención integral a estas víctimas.
- Menores emancipados se entregará la acreditación mediante documento público, resolución judicial o certificado del Registro Civil.
Más de 300.000 solicitudes
El pasado 26 de junio de 2020, el Gobierno hizo el primer pago de la renta mínima vital a 255.000 beneficiarios, lo que supone casi 75.000 hogares beneficiarios. Según fuentes del Gobierno, desde que esta ayuda entró en vigor, el pasado 15 de junio, se han registrado 344.585 solicitudes, la mayoría por vía telemática.
Si tienes dudas para tramitar esta ayuda, busca el asesoramiento de un gestor administrativo colegiado de Cantabria.