El Gobierno de Cantabria, por medio de su Consejería de Industria, ha publicado en el BOC extraordinario de 2 de noviembre, la orden y extracto de la convocatoria de ayudas a la adquisición de vehículos eficientes (Plan MOVES II de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible).
El presupuesto de 1.239.194 euros, asignado por el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) para este programa de ayudas en Cantabria, se destinará a tres líneas de actuaciones.
- La adquisición de vehículos de energías alternativas: 864.194 euros, es decir, el 69,73 por ciento del total.
- La implantación de infraestructuras de recarga de vehículos: 250.000 euros, un 20,17 por ciento del total.
- La implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo: 125.000 euros, el 10,1 por ciento del total.
Esta línea de ayudas estará abierta por un plazo de un año tras la publicación de la convocatoria o hasta que se agoten los fondos.
Novedades
Las subvenciones del Plan MOVES II pueden aplicarse a toda clase de vehículos eficientes, eléctricos, híbridos o gas, incluidas las motocicletas y furgonetas, y se extiende a la instalación de sistema de cargas comunitarias y a medidas de movilidad sostenible de acceso al trabajo.
También pueden aplicarse a vehículos no estrictamente nuevos que hayan sido matriculados por el concesionario, y los particulares podrán optar a las ayudas de forma retroactiva desde el pasado 18 de junio.
Cuantías
Las ayudas para la adquisición de vehículos del Plan MOVES II irán desde los 750 euros para la adquisición de motocicletas eléctricas hasta los 4.000 euros para la adquisición de turismos propulsados por pila de combustible.
Esta cuantía se verá incrementada hasta 5.500 euros si además se achatarra un vehículo, y en el caso de los turismos y furgonetas deberán contar con un descuento de al menos 1.000 euros por parte del fabricante o el punto de venta.
Las ayudas para la compra de furgonetas, camiones ligeros y camiones propulsados por Gas Natural Comprimido, Gas Natural Licuado o GLP, están comprendidas entre los 3.600 y los 13.500 euros.
Carga de vehículos
Con respecto a la subvención de la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos, será del 30 por ciento del coste subvencionable para empresas y del 40 por ciento para particulares, autónomos y comunidades de propietarios, con un límite de 100.000 euros por destinatario último.
Serán subvencionables los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos de adquisición directa, tanto pública como privada.
Comunidades de propietarios
En el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable la preinstalación eléctrica para recarga de vehículo eléctrico.
Para que sean subvencionables, las infraestructuras de recarga tendrán que cumplir estos requisitos:
- Destinarse al uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares.
- Al uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).
- Al uso privado en zonas de estacionamiento de empresas para dar servicio a su propia flota, a sus trabajadores y a sus clientes.
- Al uso público en vía pública en ejes viarios urbanos e interurbanos y empresas.
- Al uso público en red de carreteras, siendo de especial interés la infraestructura de recarga en estaciones de servicio y gasolineras y a la recarga de oportunidad de autobuses mediante pantógrafo.
Movilidad sostenible
Las ayudas a la implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo del Plan MOVES II tendrán una subvención del 40 por ciento para los destinatarios, salvo para aquellos sin actividad comercial ni mercantil que será del 50 por ciento, con un límite de 125.000 euros por destinatario.
Las ayudas se dirigen al acceso de los centros de trabajo que actúen sobre la movilidad de los trabajadores, clientes y podrán ser subvencionables aquellas que faciliten el acceso al centro de trabajo a pie o en bicicleta (inversión en aparcamiento de bicicletas, dotación de vestuarios, etc.).
También se ponen a disposición de líneas específicas de transporte colectivo y autobuses lanzadera a los centros de trabajo o actividad; actuaciones para facilitar y fomentar el uso del transporte público o colectivo y plataformas y sistemas de vehículos compartidos.
Será coste subvencionable el coste asociado a la ejecución de las actuaciones planteadas y la ejecución de las medidas para las que se solicita ayuda, deberá realizarse, en todo caso, con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud en la convocatoria correspondiente.
Si quieres solicitar esta ayuda, consulta a un gestor administrativo de Cantabria.