Si eres autónomo y estás pensando en formalizar un contrato en prácticas o para la formación y aprendizaje con una persona joven desempleada, esta información te puede interesar. ¿Conoces las ayudas para la contratación juvenil?
Hasta el próximo 31 de agosto está abierto el plazo para solicitar las subvenciones destinadas a promover la contratación juvenil en Cantabria en 2020, aplicables a los contratos que hayan causado alta en la Seguridad Social desde el 1 de septiembre de 2019 y hasta el 31 de agosto de 2020.
Requisitos
La finalidad de estas subvenciones, reguladas inicialmente en la Orden HAC/28/2018, de 21 de mayo de 2018 , es la de incentivar la formalización de este tipo de contratos con personas jóvenes desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo, cuando esa contratación se realice por trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades mercantiles. Para ello han de cumplir una serie de requisitos.
Autónomos
- Los establecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social, o en una mutualidad de colegio profesional de Cantabria.
- Desarrollar tu actividad económica de forma personal, profesional y directa en empresas radicadas y que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Concertar los contratos de trabajo subvencionables con personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo con anterioridad y hasta la fecha de la contratación por la que se solicita la subvención en alguna de las oficinas de empleo del Servicio Cántabro de Empleo.
- No contar la plantilla de la empresa con más de 9 personas contratadas por cuenta ajena.
Comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades mercantiles
Junto a los requisitos ya mencionados en los puntos 1, 4 y 5 anteriores, se tiene en cuenta:
- Que estén radicadas y que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Que estén constituidas al menos por una persona trabajadora dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o autónomos de la Seguridad Social, o en una mutualidad de Colegio Profesional de Cantabria.
Cuantías
Contratos para la formación y el aprendizaje
4.000 euros: en el caso de la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje de una duración de un año como mínimo.
14.000 euros: En el caso de la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje por su duración máxima de tres años.
Contratos en prácticas
6.000 euros: en el caso de la formalización de contratos en prácticas de un año de duración como mínimo, a jornada completa.
13.000 euros: en el caso de la formalización de contratos en prácticas por su duración máxima de dos años, a jornada completa.
Estos importes se incrementan en 1.000 euros adicionales cuando la persona contratada sea una víctima de violencia de género, una persona con discapacidad o si su centro de trabajo está ubicado en alguno de los municipios integrantes de la Mesa Especial de Besaya.
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas para la contratación juvenil ha comenzado al día siguiente de la publicación del extracto de convocatoria en el BOC y finalizará el día 31 de agosto de 2020.
Importante. No podrá presentarse la solicitud hasta que se haya producido el alta en Seguridad Social.
¿Te ayudamos?
Si tienes alguna duda sobre esta subvención o quieres que te ayudemos a tramitarla, contacta con un gestor administrativo colegiado de Cantabria.
Conócenos un poco más.