Ante la situación generada por el COVID-19 el Gobierno ha aprobado una serie de decretos que blindan a las personas más vulnerables (enfermos, desempleados o trabajadores que han sido incluidos en un ERTE) frente a desahucios por impago de la renta o de los suministros.
Ahora bien, es importante destacar que, con la normativa en la mano, hay condiciones relacionadas con la actual situación de pandemia que, a pesar de aparecer en un contrato de alquiler y haber sido expresamente aceptadas, son nulas de pleno derecho, es decir, que no deben aplicarse ni ahora ni el futuro, como, por ejemplo:
- Renuncia a moratorias forzosas.
- Resolución por retrasos en el pago de la renta.
- Dos o más mensualidades por adelantado.
- Duración inferior a 5 años.
- Indemnización por desistimiento.
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