El Ayuntamiento de Santander ha convocado un pleno para aprobar el cambio de nombre de las calles franquistas afectadas por la ley de Memoria democrática. Este es un cambio obligado para cumplir con el plazo dado por la Fiscalía de un mes. Pero, ¿qué implica esto para los vecinos? ¿Tienen que hacer algún tipo de trámite? ¿Y los negocios ubicados en esas calles?
Cambios en los nombres
La Dirección General de Cultura del Ayuntamiento constituyó hace meses una comisión para decidir los nuevos nombres de las calles de la ciudad. Estos serán:
- Alto de los Leones por Benito Madariaga;
- Belchite por José Luis Casado Soto;
- Brunete por Carmen y Joaquín González Echegaray;
- Camilo Alonso Vega por José Hierro;
- Capitán Cortés por Miguel Ángel García Guinea;
- Carlos Haya por Antonio de Tova y Arredondo;
- García Morato por Juan Antonio Gutiérrez de la Concha;
- General Díez de Villegas por José de Bustamante y Guerra;
- General Dávila por Paseo de Altamira;
- Alféreces Provisionales por Fray Silvestres Vélez de Escalante;
- General Moscardó por Bernardo de Miera y Pacheco;
- Montejurra por Valentín Lavín Casalís;
- Ruiz de Alda por Juan de Santander;
- Sargentos Provisionales por Leonor Plantagenet y Zancajo Osorio por Leonor de la Vega.
Además, se ha sometido a debate y aprobación revocar los títulos y distinciones otorgados por el Ayuntamiento de Santander a Franco y a Carrero Blanco así como también otros acuerdos que se hubiesen adaptado y fuesen contrarios a la ley de Memoria Democrática
¿Qué debo hacer si cambian mi calle?
Nuestro presidente, Víctor J. Carpintero, fue entrevistado en el programa Más de Uno Cantabria en Onda Cero sobre las implicaciones que tienen los cambios de nombre para los vecinos.
Entre las dudas que surgen… ¿Qué supone para los vecinos? ¿Y los dueños de locales¿ ¿Qué debo hacer si cambian el nombre de mi calle? ¿Hay que hacer algún trámite? ¿Qué pasa con las escrituras y las facturas?
Durante su entrevista lanza un mensaje de tranquilidad: los vecinos no tendrán que realizar ningún trámite -salvo cuando se vaya a renovar o modificar un documento oficial-. Las sociedades ubicadas en las calles afectadas sí deberán notificarlo en el Registro Mercantil.
Los principales aspectos a tener en cuenta:
- En lo que respecta al padrón municipal, el Ayuntamiento actualizará de oficio el cambio de denominación de la calle. Por tanto, las cartas de pago, el impuesto de bienes inmuebles, las tasas, etc no requieren intervención de los vecinos
- DNI y permisos de conducir: no es obligatorio renovarlos hasta la fecha de caducidad. Si de todas formas se quiere actualizar el DNI antes de que caduque, es gratuito.
- Las escrituras de propiedad de nuestras viviendas: no hay obligación de modificarlas hasta que haya una transmisión de la propiedad. Si no hay intención de vender esa propiedad, no tienes por que ir al registro a modificarlo.
- Los seguros de hogar, del coche, de vida: ponerse en contacto con la correspondiente compañía para que se realice el cambio.
- Los suministros (internet, teléfono, luz, etc.): las compañías de los servicios tienen números de teléfono de atención al cliente a los que se puede llamar y ellos mismos realizan el cambio.
- Las personas jurídicas SÍ tienen la obligación de realizar la modificación en el Registro Mercantil.
- Se recomienda que las empresas actualicen los nombres en las las webs, rótulos, etc. para evitar confusiones.
El procedimiento municipal en estos casos es el siguiente:
- Se aprueba en el pleno el cambio de nombre de una calle, la Comisión de Cultura comunica la nueva denominación al servicio de urbanismo, quien emite un informe indicando la numeración postal, distrito, la sección de la calle y los cambios necesarios en el tramero. Este informe se traslada al servicio de estadística que realiza los siguientes trámites:
- Comunicación al Instituto Nacional de Estadística.
- Comunicación a las comunidades de propietarios afectadas.
- Comunicación a Delegación de Gobierno, Catastro, Correos, policía, etc
Puedes escuchar la entrevista completa aquí: