Convocatoria
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) del 30 de mayo se publicaba la convocatoria de ayudas de la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio destinadas a la modernización de empresas turísticas.
Las subvenciones están dirigidas a apoyar inversiones en alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares, campamentos de turismo, agencias de viaje, centrales de reserva, organizadores profesionales de congresos y empresas de turismo activo de Cantabria.
Normativa reguladora
Orden IND/42/2023, de 15 de mayo. Extracto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de solicitud de subvenciones, una por entidad, finalizará el próximo 31 de julio.
Finalidad y beneficiarios
Este paquete de ayudas con fondos React-EU se destina a aquellas pymes del sector que desarrollen proyectos que reduzcan el coste energético de sus instalaciones y contribuyan a la sostenibilidad ambiental, así como inversiones en la incorporación a sus negocios y servicios de aplicaciones inteligentes, digitalización, tecnologías de la comunicación y gestión o en la transformación y ampliación de sus instalaciones así como mejoras de accesibilidad.
Serán beneficiarios de las ayudas los titulares de Pymes turísticas con sede en Cantabria e inscritas en el Registro General de Empresas Turísticas de la Comunidad Autónoma. Excepcionalmente, en el caso de las agencias de viajes, centrales de reserva, organizadores profesionales de congresos y empresas de turismo activo que soliciten subvención para inversiones en acciones que no conlleven obra civil y/o instalación alguna en establecimiento físico quedan eximidas del requisito de estar radicadas en Cantabria.
Gastos subvencionables
Se considerarán gastos subvencionables las inversiones realizadas entre el 1 de marzo de 2022 y la fecha de finalización de plazo de la convocatoria, el 31 de julio de 2023, inclusive.
Entre las inversiones que podrán concurrir a la ayuda se contemplan obras en las distintas categorías de alojamientos turísticos, a excepción de campamentos de turismo, para la instalación de ascensor, escalera de servicio y/o escalera de incendios; insonorización horizontal, vertical y paramentos exteriores, incluidos ventanas y miradores.
También serán subvencionables obras en materia de accesibilidad para personas con movilidad reducida; instalación de sistemas de climatización y/o aire acondicionado; construcción y/o reforma de espacios de ocio y entretenimiento (excluido el equipamiento y mobiliario); acondicionamiento y mejora de baños; mejora y reformas de cocina; reforma y construcción de oficios y montacargas o reforma y acondicionamiento de terrazas.
La instalación y equipamiento de sistemas de automatización de instalaciones (domótica) y de eficiencia energética o las inversiones necesarias para la implantación, obtención y renovación de la certificación de la marca de calidad turística «Q/UNE» impulsada por el Instituto de Calidad Turística de España (ICTE) junto con la instalación de tecnología wifi, desarrollo de APPS de ventas de productos turísticos, páginas web o la adquisición de televisores HD así como receptores de satélite, terminales de punto de venta (TPV) incluido el software y las impresoras serán, asimismo, subvencionables.
De igual forma que la realización de obras y equipamiento necesarios para el ascenso de la modalidad de «hostal a extinguir» a la modalidad de hotel o los equipamientos en nuevas tecnologías que mejoren la prestación del servicio, incluidas las inversiones para incentivar el uso de redes sociales (RRSS), realidad virtual (VR) o BIG DATA.
Por su parte, los bares, restaurantes y cafeterías podrán solicitar la ayuda para todas las inversiones relacionadas con la innovación, la tecnología y el ahorro energético; mejora de cocinas y baños o compra de maquinaria y mobiliario, entre otras obras, incluidas, asimismo, la reforma de cubiertas u obras en materia de accesibilidad y construcción de espacios de ocio y parques infantiles, entre otras.
En el caso de los campamentos turísticos se incluyen, además, obras de acondicionamiento e infraestructura de las parcelas, así como la adaptación de los viales para la mejora de la circulación y accesos a las parcelas y mejora de espacios de ocio o creación de plazas de aparcamiento.
Las empresas de turismo activo podrán pedir la subvención para la adquisición de material y equipos homologados o vehículos, además para inversiones en tecnología e innovación.
Finalmente, serán subvencionables las inversiones en el subsector de agencias de viaje, organizadores profesionales de congresos y centrales de reserva que tengan por objeto el equipamiento de hardware y software para la gestión de la empresa y el material tecnológico imprescindible para digitalizar, innovar y promocionar sus negocios.
La intensidad máxima de subvención a aplicar para los gastos subvencionables será del 40% del importe de la inversión y en ningún caso superará la cuantía de 100.000 euros.
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