Plazo de solicitud: abierta
Normativa
- Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 3 de junio de 2024, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas SANTANDER 30: CREA, EMPLEA y RETORNA.
Bases reguladoras
- Bases reguladoras de las Ayudas destinadas a la Promoción del Empleo, Emprendimiento y Desarrollo Empresarial, publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria nº 112 de 11 de junio de 2024.
Objetivo
El objetivo es favorecer el regreso a Santander de los jóvenes que por motivos laborales residen fuera del municipio, promoviendo tanto su contratación por parte de las empresas de la ciudad como su traslado a un centro de trabajo de la misma empresa ubicado en el municipio.
Condición del joven retornado
- 30 o menos años de edad o 35 en el caso de tratarse de personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
- Que hayan nacido o estado empadronados en Santander durante al menos los tres años anteriores a su salida del municipio.
- Que hayan residido fuera de Santander durante al menos los tres meses anteriores a la formalización del contrato o del traslado de centro de trabajo.
- Que a la fecha de presentación de la solicitud estén empadronados en el Ayuntamiento de Santander.
Líneas de ayuda
- Contratación de jóvenes retornados
- Beneficiarios: personas físicas y jurídicas (incluidas cooperativas, sociedades laborales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro) que:
- Cuenten con un centro de trabajo en Santander.
- Contraten o hayan contratado a jóvenes retornados entre el 1 de diciembre de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud.
- Requisitos de los contratos:
- Que se formalicen por una duración mínima de 12 meses.
- Que las funciones se desempeñen en un centro de trabajo ubicado en Santander
- Se excluyen los contratos fijos discontinuos
- Cuantías:
- 5.000 € por contrato formalizado, que se incrementarán en 1.000 € adicionales para las empresas de 10 o menos trabajadores.
- en los contratos a tiempo parcial con más de un 50 por ciento de duración de la jornada importe proporcional (no son subvencionables los contratos de menos del 50 por ciento de la jornada).
- Beneficiarios: personas físicas y jurídicas (incluidas cooperativas, sociedades laborales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro) que:
- Traslado de jóvenes a un centro de trabajo ubicado en Santander
- Beneficiarios: personas físicas y jurídicas (incluidas cooperativas y sociedades laborales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro) que trasladen a un centro de trabajo de Santander a jóvenes retornados entre el 1 de diciembre de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud.
- Exclusiones: traslados temporales que impliquen una permanencia en el municipio de Santander inferior a 12 meses y contratos fijos discontinuos.
- Cuantía:
- 2.000 € por contrato formalizado, que se incrementarán en 1.000 € adicionales para las empresas de 10 o menos trabajadores.
- En los contratos a tiempo parcial con más de un 50 por ciento de duración de la jornada, importe proporcional (no son subvencionables los contratos de menos del 50 por ciento de la jornada)
Concesión
El procedimiento de concesión será por orden de presentación.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 16 de septiembre de 2024.