Campaña de la Renta 2022

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El BOE publicó el 31 de marzo de 2023 la Orden HFP/310/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2022, se determina el lugar, forma y plazos de presentación.

Fechas clave

El 11 de abril comienza oficialmente la campaña de la Renta y Patrimonio 2022. Los contribuyentes pueden modificar y presentar su declaración de la Renta 2022 por internet (Renta Web). Podrán registrarse mediante certificado electrónico, cl@ve PIN o número de referencia.

El 3 de mayo se puede solicitar la cita previa para la atención telefónica.

El 5 de mayo se inicia la asistencia para la confección y presentación de la declaración de la Renta por teléfono.

El 25 de mayo se puede solicitar cita previa para la atención presencial.

El 1 de junio comienza la asistencia para la confección y presentación de la declaración de Renta en oficinas.

El 27 de junio es la fecha límite para la domiciliación de la Renta a ingresar.

El 29 de junio es el fin de la solicitud de cita previa.

El 30 de junio finaliza la campaña de la renta 2022.

Novedades

En una entrevista en Radio Punto Castro nuestro presidente, Víctor J. Carpintero, hizo un repaso de las principales novedades de esta campaña:

«La gente no debe precipitarse a la hora de confirmar el borrador de la renta sin consultar con un gestor porque puede contener errores»

En primer lugar, hay que saber quien tiene que presentarla ya que han subido los ingresos brutos anuales de rendimientos del trabajo a 22.000 € anuales (el año pasado era 21.000 €). Por tanto, aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo que procedan de un solo pagador y sean superiores a los 22.000 € tienen que presentarla.

Hay que tener presente que «cuando superan los 14.000 €/anuales y procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades del segundo y restantes pagadores superen los 1.500 € también tiene que presentarla.»

Por otra parte, tenemos el límite de los autónomos para presentar la declaración de la renta ya que están obligados si los rendimientos integro de trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario, o de actividades económicas o ganancias patrimoniales son superiores a 1.000 €.

Durante la entrevista, también menciona como tributa el rendimiento de ganancias y pérdidas patrimoniales, por ejemplo, cuando has vendido un piso o acciones.

Se han incorporado tres nuevos subapartados: ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones y de otros elementos patrimoniales (derivadas de la transmisión de inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles); para la transmisión o permuta de monedas virtuales por particulares (bitcoins); y el último subapartado es para otros elementos patrimoniales.

Por ejemplo, los que hayan recibido la ayuda de 200€ para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio entran dentro del nuevo apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales por lo que hay que declararlas. Al igual que los que hayan percibido las ayudas del plan RENOVE, etc.

Otra novedad significativa, «es que ha bajado de 2.000 a 1.500 € el límite general para reducirse por aportaciones a planes de transmisión social (planes de pensiones). Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2024, el ámbito temporal de aplicación de la deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominantemente residencial»

Por otra parte, como consecuencia de la ampliación de la reducción de la maternidad para los primeros 2020, 2021 y 2022, para las mujeres que se encuentren en determinadas situaciones, se han incluido en la declaración del IRPF nuevas casillas para practicar de forma separada la deducción por maternidad correspondiente a los meses del 2020 y 2021.

Sobre las exenciones, se incluye el complemento de ayuda a la infancia para beneficiarios de la ayuda del ingreso mínimo vital, las indemnizaciones percibidas en concepto de responsabilidad civil por daños personales por los familiares de las víctimas del accidente del vuelo GWI9525, las ayudas por daños personales ocasionadas por los incendios que tuvieron lugar en algunas comunidades autónomas y por las ayudas recibidas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios.

Una última novedad a tener en cuenta es que se restablece la obligación de informar sobre la cesión de uso de vivienda con fines turísticos.

Si quieres realizar tu declaración de la Renta con garantías. Acude a un gestor administrativo colegiado.

Escucha aquí la intervención completa.

Entrevista completa en Radio Punto Castro

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